Informes relacionados con divorcios, separaciones, guardia y custodia de los hijos, acogimiento familiar, adopción de menores…
Peritajes psicológicos asociados al trabajo como pueden ser el acoso laboral o moral, accidentes, impugnación de altas médicas, incapacidades…
Informes y contrainformes periciales psicológicos relacionados con los delitos contra la vida, demostración de simulación o disimulación…
Para realizar un informe psicológico forense se debe realizar una primera entrevista clínica en la que nuestro cliente nos pueda facilitar toda la información pertinente y necesaria para defender su caso. Tras esta primera entrevista contactaremos con el abogado del caso para poder coordinarnos y recabar información jurídica y así decidir si procede o no la prueba pericial psicológica y en que términos se va a llevar a cabo. Valoraremos junto a los abogados la idoneidad del informe, presentando a continuación el presupuesto u hoja de encargo para comenzar el peritaje.
En esta fase procedemos a evaluar el caso y recogeremos las evidencias psicológicas necesarias para la redacción del informe forense. Este proceso de evaluación psicológica consiste en la realización de varias entrevistas psicológicas con el cliente y también aplicaremos pruebas psicométricas validadas científicamente. La evaluación psicológica forense casi siempre se realiza en consulta, pero en ocasiones (ingresos, internamientos en prisión) el psicólogo forense se desplazará donde este el cliente.
Una vez concluido el proceso de evaluación con el cliente y teniendo todas las pruebas y evidencias científicas, el psicólogo forense analizará todos los resultados y procederá a emitir la redacción del informe. Antes de entregar el informe al cliente, el psicólogo forense coordinará con el abogado del caso sobre las conclusiones y el informe que ha emitido, para así adecuar el informe al proceso jurídico particular que se nos presente. El informe contendrá el dictamen y las conclusiones del equipo forense.
En muchos casos en los que es necesario la presentación de un informe psicológico pericial, también es necesaria la ratificación del mismo ante el juez encargado del caso que nos concierne. Si nuestra presencia fuese requerida, nos personaríamos en los juzgados en la fecha y hora marcada en la correspondiente citación judicial.
En Libella Psicología realizamos informes y contrainformes periciales para particulares, profesionales del derecho y sanitarios. Además, ofrecemos servicios de asesoría pericial y jurídica.
Psicóloga Sanitaria colegiada M-18522 especializada en el ámbito forense y judicial. Amaya cuenta con amplia formación y experiencia en el ámbito forense con víctimas de violencia de género (mujeres y niños). Experta en trauma y en conflictos familiares, también tiene formación como especialista en Coordinación Parental y EMDR.
© 2018 Libella Psicología
Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecer una mejor experiencia de navegación y para obtener datos estadísticos. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.
ACEPTAR